Autoliquidación del IVA y REDEME: ¿Lo mejor para mi empresa?

Cómo deducir el IVA timer 2 min.
Olga Tomàs
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En este post te explicamos en qué consiste la autoliquidación del IVA y, además, las claves necesarias para que tengas toda la información al respecto. ¿Te parece complicado? Descúbrelo a continuación.

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El primer paso es entender exactamente de qué trata la autoliquidación del IVA seguramente es un concepto que a priori parece complicado. Por este motivo nos hemos propuesto hacer fácil lo difícil. Entendemos por autoliquidación el cálculo y declaración a Hacienda que hace la misma empresa del importe a pagar en relación al IVA (Impuesto de Valor Añadido).

Autoliquidación del IVA y REDEME: ¿Lo mejor para mi empresa?

Uno de las opciones más habituales, después de valorar los puntos a favor y en contra, es optar por la autoliquidación de dicho impuesto a  través del denominado REDEME.

¿Qué es el REDEME?

El REDEME es el Régimen Especial de Devolución Mensual. A través de este régimen excepcional se devuelve mensualmente el IVA en lugar de hacerlo de manera anual. De hecho, en el régimen general se hace al año. En el caso español, las empresas que realizan un gran volumen de operaciones deben utilizar este sistema de manera de obligatoria. En cambio, el caso de las pymes es distinto.La pequeña y la mediana empresa tiene la opción de hacerlo voluntariamente.

Por otro lado, una vez se forma parte del REDEME la empresa debe permanecer durante un año. Esto tiene efectos tanto en lo que se refiere en el periodo para solicitar la baja o inscribirse de nuevo al registro.

Ventajas e inconvenientes del REDEME

Una de las principales ventajas es la mejora en la planificación que supone realizar esta autoliquidación mensual. Sobre todo para determinado tipo de empresas. Como por ejemplo por aquellas que soportan más IVA del que repercuten. Además, este tipo de empresas suelen ser exportadoras y, por tanto, acumulan cantidades considerables de IVA a su favor que pueden recuperar cada mes.

El inconveniente más evidente es la cantidad de trámites que se deben realizar.  Los que apliquen el régimen de devolución mensual deberán presentar la autoliquidación con el modelo censal 303 pero también el modelo 340. Además se debe presentar la declaración informativa de libros registro del IVA, con el listado de facturas emitidas y recibidas, bienes de inversión y determinadas operaciones intracomunitarias.

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