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El IVA en tiempo real, una realidad a partir de 2017

Actualidad timer 2 min.
Myriam Zanatta

Hacienda recibirá la información del IVA en tiempo real de 62.000 sociedades que facturan más de 6 millones de euros al año a partir de 2017. Así lo ha anunciado recientemente el director de la Agencia Tributaria española, Santiago Menéndez, cosa que supondrá un cambio muy importante en la forma de gestionar el IVA para las grandes empresas.

El IVA, a pesar de ser un impuesto que no afecta a las empresas ya que recae en el consumidor final, es el tributo que más papeleo y más dudas genera a las compañías. Este nuevo sistema, bautizado como SII (Suministro Inmediato de Información), quiere agilizar las devoluciones así como las comprobaciones.

Las compañías afectadas tendrán 4 días desde que emitan o reciban una factura o recibo para remitir a Hacienda la información fiscal. No será necesario enviar una copia real de la factura sino de los datos fiscales: fecha y hora de emisión, NIF, importe de la operación e impuestos. También deberán detallar si la operación corresponde a inversiones o gasto corriente, para así poder determinar si es deducible. Además, habrán de detallar si se les aplica el IVA de caja, si la factura es simplificada o si pertenece a algún régimen especial.

Así, el sistema también afecta a los tiques de compra (facturas simplificadas). La información fiscal que figura en los tiques de una compra será enviado a Hacienda, "para controlar la facturación a través de las cajas registradoras", según la AEAT. Y lo mismo harán las empresas con todos los tiques que emitan, aunque tendrán que identificar al cliente en estos casos.

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Estos envíos suponen que será la Agencia Tributaria quien lleve los libros registros de IVA en vez de las compañías. Por otra parte, con la información recibida la Agencia Tributaria elaborará un borrador de declaración del IVA, al igual que se lleva haciendo con el IRPF desde hace años.

Una de las novedades es que las entregas de las liquidaciones se podrán realizar hasta el día 30 de cada mes, en vez del 20 actualmente, por lo que las empresas tendrán 10 días más de margen. Otro beneficio será la eliminación de la obligación de presentar los modelos censales 340, 347 y 390.

Serán unos 62.000 los contribuyentes obligados a aplicarlo: grandes empresas, compañías inscritas en el régimen de devolución mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido (REDEME) y grupos societarios a efectos de IVA. Aunque las PYMES y los autónomos no tendrán esta obligación, también podrán acogerse si quieren, inscribiéndose en la AEAT en diciembre del año anterior, y su inscripción será válida como mínimo un ejercicio fiscal. Menéndez incluso ha declarado que Hacienda ofrecerá facilidades a las pequeñas empresas para que puedan sumarse al SII, debido al interés de la Administración por conseguir la máxima implantación posible de este sistema.

La Agencia Tributaria ha asegurado que no resultará complicado desarrollar un proceso telemático que pueda remitir esta información. Las empresas que ya cuenten con un sistema de digitalización de sus facturas se encontrarán con una ventaja en este sentido, ya que les será mucho más fácil adaptarse a la nueva normativa.

 

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