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El top 7 de los motivos de una inspeccion de hacienda

Olga Tomàs
Workflow Gastos de Representación SUPERIOR

Hay muchos motivos por los que la Agencia Tributaria puede decidir realizar una inspeccion de hacienda. Sería largo y tedioso nombrar un sinfín de supuestos, así que a continuación descubrirás los siete motivos más frecuentes seleccionados en este peculiar ranking

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Ante todo, hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria realiza inspecciones  de manera  aleatoria cada año. Así que aunque tengas todo en regla en tu empresa, no te hagas ilusiones, puedes tener una inspección en cualquier momento. Dejando de lado este modus operandi, hay algunos motivos que pueden incrementar el interés de la AEAT en tu empresa.

Uno de los motivos más frecuentes es sin duda una devolución del iva “excesivamente generosa”.  Si tu declaración del IVA (el modelo 303) te sale a devolver una cuantía sustancialmente sospechosa será uno de los motivos claros por los que Hacienda se interesará por tu empresa y, en concreto, por tu actividad económica.

Por otro lado, si los gastos de tu empresa llevan meses que superan los ingresos. Y es que aunque es comprensible que un primer período, los tres primeros años, los ingresos sean reducidos pero no prácticamente inexistentes. Así que es muy fácil que salten las alarmas en la Agencia Tributaria si los gastos superan los ingresos.

Otro de los motivos es el descuadre entre los modelos trimestrales y anuales. Estos modelos son sólo informativos, pero sirven a Hacienda para cuadrar cuentas y saber si todo está correcto.  Así que revisa bien los datos y evita recibir una inspección por cualquier error.

Uno de los puntos fuertes del ranking es el NIF intracomunitario: cuando solicitas este NIF para hacer negocios en el extranjero también es uno de los motivos por los cuales tu empresa está, un poco más, bajo la lupa de la Agencia Tributaria. Las inspecciones por este motivo, son prácticamente una comprobación de datos, aunque la empresa debe demostrar porque necesita este NIF intracomunitario. Si no se puede demostrar corre el peligro de perderlo.

Por otro lado, también despierta el interés de la Agencia Tributaria el dejar sociedades inactivas y crear nuevas sociedades paralelas. Sociedades con distinta denominación, pero, con los mismos socios y misma sede. Si existen deudas tributarias pendientes, podría dar lugar a la apertura de un expediente de derivación de responsabilidad, o de sucesión de empresas. También los inspectores se fijan en si se producen operaciones entre sociedades matrices y filiales residentes en España y el Extranjero o se constata la utilización de paraísos fiscales como domicilio a efecto de pagos impuestos.

Finalmente, están las declaraciones no presentadas. La Agencia Tributaria tiene alertas para los contribuyentes que presentaron su declaración los años anteriores y que dejan de presentarlo. Se debe presentar siempre que se esté en los límites de renta que obligue a ello. El fisco conoce los datos de las empresas a la perfección y, por tanto, podría reclamarlos por supuesto fraude.

 

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