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La exención del IVA en las operaciones intracomunitarias: casos prácticos

Cómo deducir el IVA timer 2 min.
Juan Manuel Casella

Las operaciones intracomunitarias, es decir, las compras y ventas de productos y servicios entre empresas de países miembros de la Unión Europea, están exentas del IVA. Sin embargo, detrás de este principio general fácil de comprender, se esconden algunas situaciones que nos pueden hacer dudar sobre cómo debe tributar una operación.

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Desde hace ya años tanto empresas como profesionales independientes realizan compras en multinacionales como Google, Google Adwords o Facebook que están domiciliadas en Irlanda. El tipo de servicios que estas compañías ofrecen van desde publicidad hasta uso de correo electrónico y en la mayoría de los casos no aplican IVA en sus facturas, debiendo el comprador declarar el impuesto.

iva intracomunitario.jpgEn esta situación, si quien adquiere estos servicios no está inscrito en el denominado Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) no podrá deducirse el IVA y deberá declararlo en el modelo 303 en las casillas correspondientes a las compras intracomunitarias de bienes y servicios. De esta forma, habrá que repercutir el impuesto pero no se puede marcar como soportado al no tener el declarante derecho a deducción.

Otro caso habitual es aquel en el que un profesional independiente de un estado miembro presta un servicio de asesoramiento a una empresa española. En este supuesto la operación se considera llevada a cabo en España a efectos del IVA, de manera que es en nuestro país donde debe declararse.

En este caso, si quien contrata el servicio está dado de alta en el ROI, al tratarse de una operación intracomunitaria no se pagará nada de IVA, aplicándose la regla de la inversión del sujeto pasivo. De esta manera, el empresario puede repercutir y deducir el impuesto.

Si contratamos los servicios de un asesor o consultor italiano pero lo hacemos como consumidores finales no profesionales, el empresario deberá repercutirnos su IVA de Italia, estando la operación no sujeta al IVA español.

Los servicios electrónicos también dan muchos dolores de cabeza a la hora de determinar cómo tributa el IVA, sobretodo iva intracomunitario caso practico.jpgluego de unos cambios normativos que se realizaron en 2015.

Imaginemos que una empresa alemana nos provee un software informático que descargamos online. En caso de que seamos profesionales dados de alta en el ROI, se aplica la regla de inversión del sujeto pasivo y debemos declarar el IVA en nuestro país. Sin embargo, en el supuesto de que seamos consumidores finales, la empresa alemana deberá hacerse cargo del IVA español mediante el sistema de ventanilla única.

Para terminar, un caso bastante habitual aunque muchas veces no lo identificamos como operaciones empresariales: el alquiler de oficinas o locales a una empresa de un país miembro de la UE.

Siguiendo este ejemplo, si una empresa o profesional español alquila unas oficinas situadas en nuestro país a una empresa francesa, a los efectos del IVA se aplica la ley de localización, es decir, deberá pagar el IVA vigente en España.

 

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