Ante las numerosas dudas de los viajeros, el portal reclamador.es ha elaborado un decálogo para informar de los casos y gastos del sector aéreo que no son susceptibles de reclamación.
¿A partir de cuántos minutos tengo derecho a recibir una indemnización? ¿Puedo reclamar el gasto en hoteles o entradas perdidas por culpa del retraso de un vuelo? ¿Qué pasa con el equipaje de mano? Estas dudas son algunas de las muchas recogidas por el portal web que reúne las reclamaciones de los viajeros. Para remediar el asunto, la página ha elaborado un decálogo para notificar los casos y gastos por los que los pasajeros no tienen derecho a protestar. Son los siguientes:
1. Retraso de 180 minutos o menos
Para que un pasajero pueda reclamar las indemnizaciones comprendidas en el Reglamento 261/2004 (de 250 a 600 euros) es necesario que el retraso sea superior a 180 minutos (3 horas).
2. El pasajero debe viajar documentado
Es obligación del pasajero llevar los documentos válidos para volar. El plan de Seguridad aprobado en 2012 señala que en vuelos nacionales se puede volar con el DNI o pasaporte aunque esté caducado. Esta regulación es válida para viajeros españoles. En el caso de extravío, el viajero también podría presentar el permiso de conducir si está emitido en España. Sin embargo, para viajes al extranjero es necesario presentar los documentos que se requieran para cada caso.
3. Reclamar reservas de hoteles y entradas no disfrutadas
En cuanto a los retrasos y cancelaciones de vuelos por causas mayores –condiciones meteorológicas o huelga de controladores– los viajeros no pueden reclamar las noches de hotel reservadas o la pérdida de entradas a espectáculos. Por el contrario, sí se puede reclamar el alojamiento y la manutención suficientes hasta la salida del vuelo en el lugar del origen del problema.
4. Gastos de transporte
Tampoco son reclamables los medios de transporte utilizados para llegar al aeropuerto o al domicilio. Sólo son reclamables aquellos gastos de transporte ya desembolsados y no disfrutados por el retraso/cancelación.
5. Comida y bebida a bordo
No hay obligación alguna por parte de la aerolínea de dar manutención en sus vuelos.
6. Escasez de personal
Tampoco es susceptible de reclamación que haya pocos tripulantes de cabina durante el vuelo y la atención sea deficiente. La ley obliga a un mínimo de dos tripulantes para 100 pasajeros y luego suma uno más por cada 50 viajeros.
7. Reembolso o anulaciones
Salvo que se trate de billetes de tarifa completa no se puede solicitar el reembolso de un billete aunque surja un problema sobrevenido.
8. Cargos por facturación de maletas y por elección de asiento
En caso de que se apliquen cargos extra debidamente informados en las condiciones generales de la compañía, éstos no se pueden reclamar.
9. Casos con equipaje de mano
No se puede solicitar una indemnización si el pasajero se ha negado a volar porque la aerolínea no ha admitido su maleta o bulto como equipaje de mano.
10. Cambios de avión
Hay viajeros que eligen volar en determinados modelos de avión. Cabe explicar que lo que se contrata con la aerolínea son unas horas de salida y llegada y unos servicios durante el vuelo, pero en ningún caso es un elemento esencial el modelo de avión –que se indica únicamente a efectos informativos–.