El modelo 303 del IVA es el utilizado por empresas y profesionales independientes para llevar a cabo la autoliquidación del IVA ante Hacienda. Estas declaraciones se realizan de forma trimestral, pero el formulario conlleva una serie de particularidades que debes tener en cuenta si quieres presentarlo de forma correcta. En este artículo te damos las claves.
No hay empresa o profesional autónomo que se libre de presentarlo cada tres meses. Hablamos del modelo 303 del IVA, que se utiliza para poder llevar a cabo la autoliquidación de IVA ante Hacienda.
Da igual que no hayas facturado nada o que tengas facturas pendientes de cobro, debes marcar las fechas indicadas por la Agencia Tributaria en tu calendario fiscal y presentar el modelo 303 del IVA en tiempo y forma.
Recuerda que, a la hora de la autoliquidación del IVA, las facturas que debes incluir en el formulario 303 están determinadas por la fecha de emisión, sin que influya la fecha de vencimiento ni si la misma está o no pagada.
A lo largo de este artículo te explicaremos cómo, dónde y cuándo debes presentar el modelo 303 de autoliquidación del IVA.
¿Qué es el modelo 303 del IVA?
Empezaremos por explicar que el modelo 303 del IVA es el documento que estás obligado a cumplimentar y presentar regularmente si debido a tu actividad debes declarar el Impuesto de Valor Añadido.
Por tanto, es una herramienta que tiene la Agencia Tributaria para saber cuánto has facturado y qué parte de ese dinero corresponde al Impuesto del Valor Añadido.
A su vez, sirve para determinar la diferencia entre el IVA repercutido o devengado y el soportado. Es decir, entre el IVA que has cobrado a tus clientes y el que has pagado a tus proveedores.
¿Quién tiene que presentar el modelo 303 del IVA?
Están obligados a presentar este formulario todos aquellos autónomos o empresarios que realicen una actividad económica, a excepción de las que están incluidas en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca. También deben hacerlo quienes estén inscritos en el régimen de devolución mensual.
Como adelantábamos al principio de este artículo, hay que presentar el modelo 303 ante Hacienda siempre, independientemente de si el resultado de la declaración del IVA te sale a pagar, a devolver, a compensar o no has tenido actividad alguna.
¿Dónde se presenta el modelo 303 del IVA?
Si nunca has presentado este formulario debes saber que actualmente hay que rellenarlo online. Una vez cumplimentado, puedes generar un PDF, imprimirlo y llevarlo a la Agencia Tributaria.
Otra opción es presentarlo de forma telemática, pero para ello necesitarás un DNI electrónico o Cl@ve PIN. Están obligados a usar la firma electrónica las grandes empresas, los grandes contribuyentes, las sociedades anónimas y las de responsabilidad limitada.
Actualmente hay softwares de facturación online que generan este modelo de forma automática. Llegado el momento, solo tienes que subir el fichero correspondiente a la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 303 del IVA?
Por normal general, la declaración del IVA debe hacerse de forma trimestral, entre los días 1 y 20 del mes siguiente al periodo de liquidación. El calendario marcado por la Agencia Tributaria es el siguiente:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 julio.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero (esta fecha coincide con la declaración anual)
En cambio, si tu empresa está inscrita en el régimen especial de devolución mensual (o si facturas más de 6 millones de euros al año), deberás presentar el modelo 303 del IVA en los 30 primeros días de cada mes. Excepto en el caso de enero, mes en el que el plazo de presentación se extiende hasta el último día de febrero.
¿Cómo se rellena el modelo 303 del IVA?
A pesar de que en un principio el modelo puede parecer algo complejo de rellenar, realmente la información que debe volcarse es sencilla. Cuando te descargues el modelo 303 verás que está dividido en 8 secciones y más de 80 casillas. No te preocupes, rellenarlo es más fácil de lo que parece.
Los tres apartados principales son:
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Identificación del contribuyente. Solo tienes que rellenar tu nombre y apellidos, razón social, DNI o NIF.
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Período de liquidación. Ejercicio fiscal (año) y período (1T, 2T, 3T o 4T).
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Liquidación del impuesto. Este último es el más complejo, pues es el apartado que recoge el IVA devengado, el soportado y el importe a ingresar o a devolver. Debes tener en cuenta algunas consideraciones:
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Recopila todas las facturas emitidas y pagadas durante ese periodo de liquidación. Una vez las tengas, sumar el IVA cobrado y pagado de todas esas facturas. Pero hazlo por separado.
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Para completar el apartado del IVA devengado o repercutido, debes anotar por separado las bases imponibles y las cuotas del impuesto, agrupando las cantidades a las que se les aplica el mismo tipo impositivo.
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En las tres primeras líneas de este apartado tendrás que indicar las bases imponibles gravadas por los tres tipos de IVA (4%, 10% y 21%), el tipo aplicable en cada caso y el resultado.
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Del mismo modo, tienes que volcar de forma separada las compras intracomunitarias, así como las modificaciones de bases imponibles en el supuesto de facturas rectificativas.
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En el apartado correspondiente al IVA soportado o deducible, los gastos corrientes y los intracomunitarios se detallan de la misma forma que en el IVA devengado, de forma separada y diferenciando las bases de las cuotas.
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Los bienes de inversión deben volcarse en casillas distintas a los gastos corrientes. Se consideran bienes de inversión aquellos activos que duran más de un año, como puede ser la compra de maquinaria o equipos informáticos.
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El saldo que salga de restar al IVA devengado el IVA deducible dará un resultado positivo o negativo.
No te olvides de poner el número de cuenta en el que quieres que Hacienda haga el cobro del IVA. O la devolución, llegado el caso.
¿Qué ocurre si el modelo 303 del IVA sale positivo?
Una vez hayas presentado el modelo 303 del IVA pueden darse varios escenarios posibles. El primero es que la autoliquidación salga positiva. Eso quiere decir que has recaudado más dinero en concepto de IVA (también se contabilizan las facturas emitidas, aunque no las hayas cobrado) que el que has pagado.
Así que te toca devolver al Estado ese dinero de más. Puedes hacer el pago en cualquiera de las entidades colaboradoras. Por eso es importante que apartes siempre el importe correspondiente al IVA de las facturas. Ese dinero no es tuyo, así que no lo uses. De lo contrario, puede ocurrir que cuando debas que devolverlo no lo tengas.
Eso puede meterte en un buen lío, aunque siempre puedes solicitar una solicitud de aplazamiento y fraccionamiento de deudas ante la Agencia Tributaria. En este sentido, cabe recordar que las deudas de menos de 30.000 euros no necesitan ser justificadas. El plazo para devolverlas es de 6 meses como máximo para las pymes y de hasta 12 meses para los autónomos.
¿Qué ocurre si el modelo 303 del IVA sale negativo?
Puede ocurrir también que la autoliquidación salga negativa, así que en teoría Hacienda te tiene que devolver el dinero pagado de más. Pero en este caso solo podrás solicitar la devolución si estás en la autoliquidación del cuarto trimestre.
Aun así, el dinero suele tardar bastante en llegar, así que muchas empresas y autónomos optan por acumular ese saldo negativo y utilizarlo en caso de que en algún trimestre el modelo 303 les salga a pagar. En los otros tres trimestres esa cantidad se tendrá en cuenta para la autoliquidación del siguiente trimestre.