El proceso de homologación propiamente dicho de la Agencia Tributaria solamente se aplica a las facturas ordinarias y los documentos sustitutivos, como los tiques. Sin embargo, a raíz de promulgarse la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos surge un concepto equivalente para la digitalización de cualquier documento del ámbito administrativo.
El derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente
La Ley de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos reconoce explícitamente el derecho de todo ciudadano a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas, lo que supone poder presentar en formato digital cualquier tipo de documento perteneciente a un expediente administrativo, como por ejemplo solicitar una subvención.
Los puntos más destacados de esta Ley son los siguientes:
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Los ciudadanos pueden acceder a todos los servicios públicos de forma electrónica, desde cualquier lugar y en cualquier momento.
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No es necesario que aporten datos o documentación que ya está en poder de las administraciones.
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La sede electrónica tiene la misma garantía jurídica que una oficina.
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Los ciudadanos pueden conocer por vía telemática el estado de tramitación de los procedimientos en los que sean interesados.
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El e-DNI es una forma de identificación y firma electrónica válida en cualquier trámite.
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En los registros electrónicos se pueden presentar documentos en formato digital, con la misma validez jurídica que en una oficina de registro.
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Las distintas administraciones públicas deben reutilizar y compartir aplicaciones y sistemas desarrollados por otras.
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Las administraciones públicas deben, desde el año 2009, poner todos los medios para garantizar este derecho.
Por lo tanto, dicha Ley ha ampliado enormemente el ámbito de aplicación de la Digitalización Certificada. Antes solo se utilizaba para facturas ordinarias y documentos sustitutivos a todo el espectro de documentación utilizado en el ámbito público y los expedientes administrativos.
Semejanzas y diferencias con la digitalización certificada de facturas
El concepto entre la digitalización de facturas y el resto de documentos es equivalente y, por lo tanto, las premisas o requerimientos técnicos (resolución, mínima, formatos de compresión, formato de imagen, etc.) son muy parecidos.
La diferencia está en que la digitalización de documentos no requiere de una homologación como ocurre con las facturas aceptadas por la Agencia Tributaria. Si el software utilizado cumple con unas premisas no se comprueba, sino que directamente se recoge y valida la documentación.
Se está dando el caso, no obstante, de que algunas administraciones piden en sus concursos públicos que el software utilizado para el proceso digital de sus documentos haya pasado la homologación de la digitalización de facturas de la Agencia Tributaria. De esta forma, se asegura un plus de calidad y que el programa haya superado una auditoría y cumpla los parámetros y estándares establecidos.
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Licenciado en Derecho y Máster en Tecnologías de la Información y Derecho, ha desarrollado su especialización en criptografía y seguridad informática y participado en la planificación y desarrollo de numerosos proyectos de seguridad nacionales e internacionales. Especialista en tecnologías de PKI y Auditor CISA, desarrolla su carrera en Validat ID.
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