Con una tendencia al alza de la internacionalización de las empresas españolas, cada vez son más las que se inscriben en el ROI (Registro de operadores intracomunitarios) para comerciar con el resto de la Unión Europea. Este aumento de las operaciones intracomunitarias también influyen en las diferentes declaraciones que se tienen que realizar periódicamente a la Agencia Tributaria. A continuación, te explicamos los tres modelos censales que tendrás que tener en cuenta, el modelo 303, el 390 y el 349.
El primer modelo a tener en cuenta en relación con las operaciones intracomunitarias es el famoso modelo 303, de declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Aunque a la práctica todas las empresas y profesionales inscritos en el ROI no tienen que facturar IVA en las operaciones intracomunitarias, igualmente se tiene que contabilizar estas operaciones que, aunque no afecten al cálculo del IVA a liquidar, ayudarán a tener una mayor transparencia hacia la Agencia Tributaria.
Así pues, en las casillas 10 y 12 del modelo 303 pondremos las bases imponibles gravadas correspondientes al total de adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios realizadas en el período de liquidación, y la cuota resultante. A la vez, deduciremos estas mismas bases y cuotas en las casillas 36 y 37, por lo que el resultado del IVA a liquidar será 0. Hay que tener en cuenta que si se trata de bienes de inversión, se incluirán en las casillas 38 y 39.
Las entregas exentas y prestaciones de servicios intracomunitarias se harán constar en la casilla 59 por el importe de dichas entregas intracomunitarias de bienes, y prestaciones de servicios intracomunitarias.
Otro modelo a tener en cuenta es el 390, el resumen anual del IVA. Las operaciones intracomunitarias también tendrán que estar consignadas por separado.
Finalmente, tenemos el modelo 349, la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Esta declaración se tiene que presentar para todas las empresas y profesionales que realicen entregas o adquisiciones intracomunitarias, sea cual sea su régimen tributario. En este modelo haremos constar las operaciones intracomunitarias realizadas: datos de las partes implicadas, volumen de las operaciones, etc.