La gestión del IVA a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria será uno de los pilares del nuevo método de gestión de dicho impuesto, el Suministro Inmediato de Información(SII). Descubre el funcionamiento del SII en el siguiente post.
El IVA en tiempo real ya no debería ser un desconocido para las empresas que vienen aplicándolo desde julio de 2017, que fue cuando se puso en marcha. Aun así, son bastantes las dudas que plantea el Suministro Inmediato de Información.
Sobre todo, teniendo en cuenta que este año se producirá una extensión de la obligación. De las aproximadamente 63.000 empresas que ahora mismo están sujetas al SII, se pasará a unos tres millones.
Hasta ahora, este sistema solo afectaba a las compañías con una facturación anual de más de 6 millones de euros, a los contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME) y al régimen especial del grupo de entidades de IVA. A ellos se unirán ahora los establecimientos obligados al pago de Impuestos Especiales (IIEE) de fabricación.
Por eso, este momento es clave para recordar cómo funciona el Suministro Inmediato de Información.
Gestión electrónica de los Libros Registro
Uno de los conceptos fundamentales para entender el funcionamiento del SII es que se gestiona a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación, los siguientes Libros Registro:
- Libro registro de facturas expedidas.
- Libro registro de facturas recibidas.
- Libro registro de bienes de inversión.
- Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.
Para ello, las empresas deben remitir a la AEAT los detalles sobre su facturación, con cuya información se irán configurando casi en tiempo real los distintos Libros Registro.
Según se va remitiendo la información de las diferentes operaciones, se van creando los libros. El proceso, por tanto, se realiza prácticamente en tiempo real.
El envío de esta información se realizará por vía electrónica, concretamente mediante Servicios Web basados en el intercambio de mensajes XML.
Se trata de un cambio total del sistema de gestión actual del IVA que llevaba 30 años funcionando. De esta forma, el SII ha permitido acercar el momento del registro o contabilización de las facturas al de la realización efectiva de la operación económica que subyace a ellas.
Suministro inmediato de los registros de facturación
Otro de los factores base a tener en cuenta respecto el funcionamiento del SII es el tiempo en remitir la información requerida a la AEAT. De hecho, Para realizar el envío de la información a la Agencia Tributaria, los contribuyentes adscritos al sistema dispondrán de un plazo máximo de cuatro días naturales (quedan excluidos los sábados, domingos y festivos nacionales) desde el momento en que emitan, reciban o contabilicen una factura.
De no hacerlo, no las podrán contabilizar como gastos deducibles de cara al Impuesto de Sociedades. Además, se enfrentan a una multa de hasta el 0,5 % del importe de la factura no remitida. La excepción la encontramos en los casos en los que la facturación es realizada por un tercero. Entonces, el plazo se amplía hasta un máximo de 8 días.
Datos de registro necesarios
En este punto es muy importante dejar claro que no se suben las facturas, sino los campos de los registros de facturación. Para las facturas emitidas es necesario cumplimentar, entre otros: número y serie, fecha expedición, fecha, descripción y base imponible de la operación, identificación del destinatario, tipo impositivo y periodo de liquidación de la factura registrada.
En el caso de las facturas recibidas, debes comunicar a la AET la fecha de la operación y la de expedición, la base imponible de la operación, el tipo impositivo, la cuota tributaria deducible, el número y serie de la factura o su periodo de liquidación.
También conviene recordar que es necesario crear un registro para las facturas de un mismo proveedor correspondientes a un mismo día.
Por todo ello, lo más práctico es implementar un software de facturación digital que esté homologado por la Agencia Tributaria, que integre todas las etapas del proceso en un único flujo digital y que extraiga todos los datos necesarios directamente de las facturas digitalizadas. De lo único que tendrá que encargarse el contribuyente es de añadir la fecha de contabilización.
Acceso a los datos
Mediante este sistema, los contribuyentes pueden acceder en cualquier momento a la web de la Agencia para consultar tanto la información remitida por ellos mismos, como aquella imputada a través de información de terceros que también hayan facilitado los registros de forma electrónica.
Este hecho facilita el trabajo a la hora de elaborar la declaración, pues se reducen los errores.